martes, 17 de noviembre de 2009

TRANSPORTE AEREO





TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCIAS.
TRANSPORTE AEREO.



Índice:

  • 1- Introducción.
  • 2- Características del medio de transporte.
  • 2.1- Inconvenientes.
  • 2.2- ventajas.
  • 3- Tipos de aeronaves. Características.
  • 4- Legislación aplicable con carácter general. (nacional/internacional)
  • 5-Mercado. Canales de comercialización.
  • 6-Tarifas.
  • 6.1- bases de la tarifación.
  • 6.2- tipos de tarifas.
  • 6.3- condiciones.
  • 7-Marco jurídico del contrato de transporte. Derechos y obligaciones de las partes. 8-Documento para formalizar un contrato. Cumplimentación y funcionamiento. Caso PRÁCTICO.
  • 9-Ilustraciones.


1-INTRODUCIÓN


  • Se considera transporte aéreo a toda actividad cuyo fin sea el traslado de pasajeros o carga, mediante una aeronave, de un lugar a otro.
  • El transporte aéreo es la modalidad más regulada en el globo terrestre, a raíz de la II Guerra Mundial, la mayoría de los países del mundo suscribieron el Convenio de Chicago en 1944 en donde se pusieron las bases de las regulaciones del transporte aéreo.
  • El transporte aéreo es el más seguro de todos los tipos de transporte. Los adelantos de la navegación aérea, de las telecomunicaciones y de las facilidades electrónicas han permitido que la aviación haya progresado maravillosamente.
  • El primer vuelo de un avión se hizo en 1904 por los hermanos Wright y cien años más tarde, el hombre puede salir al espacio exterior y visitar otros planetas con naves no tripuladas.
  • Al desarrollarse en el medio aéreo goza de la ventaja de la continuidad de este que se extiende sobre tierra y mar, pero se ve limitado por la necesidad de contar con costosas infraestructuras y el mayor coste económico que otros transportes.
  • Dentro del transporte aéreo el más desarrollado está relacionado al transporte aéreo en avión por su rapidez, seguridad y eficiencia.
  • El transporte aéreo puede tener fines civiles o militares. Dentro del ámbito civil, se ha desarrollado un modelo de negocios basado en líneas aéreas que prestan el servicio de transporte, de pasajeros o carga, con objetivos comerciales y que, comúnmente, se menciona como la industria aérea, o más específicamente, la industria aerocomercial.


2-CARACTERISTICAS DEL MEDIO DE TRANSPORTE


2.1- VENTAJAS


Como medio de transporte rápido y seguro se constatan unas características esenciales:


  • Rapidez: Es el medio de transporte más veloz existente, por lo que se adapta a un proceso logístico ideal.
  • Seguridad: es el medio de transporte más seguro de los existentes, unido en gran medida al transporte ferroviario, teniendo unos índices de seguridad muy altos.
  • Flexibilidad: Hay una gran diversidad de aviones adaptados al tipo de transporte a realizar, admitiendo hasta cargas de más de 100 toneladas.
  • Control de seguimiento: los sistemas de control electrónicos, al igual que en los demás sistemas de transporte, permiten un seguimiento exhaustivo del punto exacto de localización de las mercancías en cada momento.
  • Globalización internacional: es un sistema de transporte que, por sus características, permite una adaptación y conexión con cualquier punto del globo terráqueo.

  • 2.2- INCONVENIENTES:

  • Capacidad: Por razones de volumen y restricciones de peso.
  • Cargas a granel: El transporte aéreo no puede utilizarse para la movilización de minerales, petróleo (crudo y sus derivados), cereales y químicos a granel.
  • Alto coste económico: Las materias primas, algunos productos manufacturados y gran número de bienes semimanufacturados no pueden absorber el alto coste de fletes aéreos dentro de su coste total.
  • Artículos peligrosos: Las regulaciones vigentes de la OACI y la IATA restringen severamente el número de artículos peligrosos que se pueden transportar por vía aérea, especialmente en aviones de servicio combinado (carga y pasajeros).



3-TIPOS DE AEREONAVES


En cuanto a los tipos de aeronaves y según su utilización se citan los siguientes:

- Tipo mixto: transporta pasajeros y mercancías. El fuselaje es el cuerpo del avión al que se encuentran unidas las alas y los estabilizadores tanto horizontales como verticales. Su interior es hueco, para poder albergar en su interior a la cabina de pasajeros y la de mandos y los compartimentos de carga. Su tamaño, obviamente, vendrá determinado por el diseño de la aeronave.

Existen dos tipos:

- -De fuselaje convencional

- De fuselaje ancho (wide body). La mercancía queda cargada y estibada en contenedores especiales.


- Tipo combi: transporta pasajeros y mercancías en cabina y mercancías en la bodega. Este tipo de aviones esta compuesto de un fuselaje ancho.

- Tipo convertible: este tipo de avión tiene la posibilidad de convertir la cabina de pasaje en bodega de carga o viceversa. En el caso de realizarse esta operación de forma rápida se denomina “quick change”.

- Tipo carguero: su carga es siempre de mercancías




4- LEGISLACION (NACIONAL/INTERNACIONAL)



  • En el territorio nacional está constituido por la ley de navegación aérea de 21 de julio de 1960 (RCL 1960, 1041 y 1259) y disposiciones complementarias.
  • En el ámbito internacional se compone de los siguientes convenios:
  • -Convenio de Varsovia de 1929
  • Define entre otros aspectos, la responsabilidad del transportista en los casos de pérdida, avería y demora.
  • Posteriormente fue modificado por el Convenio de La Haya en 1955 y por el Convenio de Guadalajara de 1961.
  • -Convenio de Chicago
  • El 7 de diciembre de 1944 fue firmado el Convenio de Chicago.
  • Establece obligaciones y privilegios que han de observar los estados contratantes.
  • Establece las normas y métodos internacionales recomendados, para regular los procedimientos de operaciones aéreas, de navegación y cualquier otra actividad aérea, instando a los estados participantes a que adecuen las instalaciones y servicios que posibiliten el mejor desarrollo del transporte aéreo.
  • - Convenio de Roma de 1952
  • Básicamente el presente convenio trata de organizar internacionalmente una indemnización a terceros en tierra por daños y lesiones causados por aparatos en vuelo, incluyendo también despegue y aterrizaje.
  • - Convenio de Tokio de 1963
  • Se denominó: “Convenio sobre infracciones y ciertos otros actos cometidos a bordo de aeronaves” y se realizó con el objetivo de establecer normas de actuación en el caso de delitos efectuados a bordo de la aeronave, defendiendo la jurisdicción del país de bandera del avión y las facultades del comandante, que incluyen, entre otras, la de detención del agresor.
  • En el ámbito Europeo:
  • España, que es miembro de la Unión Europea desde 1986, participa en los proyectos europeos que la OACI desarrolla en materia de aviación civil.
  • En estos últimos años, en que el transporte aéreo ha ido tomando cada vez un mayor peso específico, la Unión Europea está interviniendo muy activamente en todo lo relativo a política, seguridad, normativa e impacto medioambiental del transporte aéreo, sistemas aeroportuarios y navegación aérea, para lo cual desarrolla Directivas y Reglamentos, de aplicación en los Estados de su ámbito.



5-MERCADO (CANALES DE COMERCIALIZACION)


Existen tres canales principales de comercialización:


  1. -Por venta directa: El cliente cargador se dirige directamente a la compañía aérea para contratar el transporte.
  2. -Por venta interlínea: es la realización de un transporte completo por medio de dos o más compañías aéreas.
  3. -Por venta a través de agencia: La venta a través de agencia está muy extendida. Ya que son compañías transitarias especializadas y ofrecen diversos servicios complementarios a sus clientes, como el seguro, el embalaje, etc..




6-TARIFAS


6.1- Bases de la tarifación.


La tarifación aérea se realiza en la mayor parte de los casos en función de un concepto que denominaremos “peso tarifario”, que esta relacionado con la naturaleza pesada o ligera de la mercancía.


6.2- tipos de tarifas.


  1. - Nacionales: publicadas por las compañías nacionales y pueden ser:Generales, de clase y específicas.
  2. - Internacionales: publicadas por IATA, se reflejan en una guía de carga aérea que se conoce como TACT, que consta de dos volúmenes, uno de reglas y otro de tarifas.


6.3-Condiciones para que una tarifa sea valida:


- Que este publicada.

- Que se establezca para el transporte aéreo.

- Que este vigente en la fecha de emisión del conocimiento aéreo.

- Que se exprese en unidades de valor.

Pueden ser:


Generales, de clase, especificas, de carga inutilizada y de contrato.




7-MARCO JURIDICO DEL CONTRATO DE TRANSPORTE. DERECHOS Y OBLIGACIONES.



Air Way Bill, es el documento que demuestra la existencia del contrato de transporte.

La mayor parte del transporte de mercancías por avión se efectúa bajo régimen de "Conocimiento Aéreo", documento básico regulador de las condiciones de transporte de la mercancía, desde que el transportista se hace cargo de ella hasta que la entrega en el lugar designado en el propio Conocimiento.


La normativa básica del transporte internacional efectuado por vía aérea de mercancías, pasajeros y equipajes, se encuentra contenida en el Convenio de Varsovia de 1929.


El desarrollo de la técnica aeronáutica hizo preciso incorporar algunas modificaciones a este Convenio, produciéndose tres revisiones hasta el momento: La Haya 1955, Guatemala 1971 y Montreal 1975.


Los conocimientos aéreos (también conocidos en terminología inglesa como air way bill), están confeccionados en su redacción y formato por la IATA (International Air Transport Association), organismo de carácter privado que agrupa a la práctica totalidad de las compañías aéreas que ofrecen vuelos regulares, en base a los acuerdos establecidos en el Convenio de Varsovia y protocolos posteriores.


Su función es servir de:

1º Da fe, salvo prueba en contrario, de la ultimación del contrato de transporte.


2º Acuse de recibo, por parte del transportista, de la mercancía que se le ha entregado para su transporte.


3º Sirve como carta de instrucciones para la manipulación y cuidados que, durante su transporte y entrega, deben dispersarse a la mercancía.


4º Justificante contable del importe de los fletes.


5º Constituye una declaración para el despacho de Aduanas.


6º Certificado de seguro, caso de que el expedidor haya solicitado cobertura expresa y consigne la cuantía del valor asegurado.


7º Prueba de recepción de la mercancía por el destinatario.


8º Da fe de los datos de peso, dimensiones y embalajes de las mercancías, así como del número de bultos y direcciones.


Existe un documento auxiliar de formato estandarizado, la <> (Shippers Letter of Instructions o SLOI) donde se consignan todos los datos referentes a la mercancía para que la línea aérea o el agente IATA cumplimente el Conocimiento definitivo. Otro documento auxiliar de gran importancia es la <> (Shippers Declaration for Dangerous Goods), así mismo estandarizado, donde se consignan todos los detalles identificativos de la mercancía en cuestión, así como instrucciones especiales de manipulación y transporte.

A diferencia del Conocimiento de embarque marítimo, el Conocimiento Aéreo no representa la propiedad de la mercancía, de ahí que no sea negociable, ni transmisible, ni endosable. Es siempre nominativo.


La Compañía aérea entrega, por tanto, la mercancía a quien figura como destinatario, sea o no propietario legítimo de la misma.


Cada Conocimiento está compuesto por un juego de tres originales y, como mínimo, seis copias distribuidas de la siguiente manera:


* Original 1: Línea aérea
* Original 2: Destinatario
* Original 3: Expedidor

* Copia 1: Firma del destinatario cuando el transportista le entrega la mercancía.
* Copia 2: Aeropuerto destino
* Copia 3, 4 y 5: Para los sucesivos transportistas aéreos.
* Copia 6: Para el agente de carga aérea.


8-DOCUMENTO PARA FORMALIZAR UN CONTRATO. CASO PRACTICO.



EXPLICACION DEL CASO PRACTICO

- Numero codificado: se compone de tres dígitos correspondientes a la compañía área transportista. A este le sigue el numero de serie del conocimiento aéreo. Estos datos aparecen en la parte superior de la carta de porte.

75 referido a IBERIA y 6672 1082

- Nombre y dirección del expedidor: nombre y dos apellidos del remitente, junto con la dirección completa del mismo.

SEMIC, S.A.

Pol. Ind. Comarca, 1 (Agustinos)

CALLE. ”D” parcela. “H-5”

E-31013, PAMPLONA (NAVARRA) “ESPAÑA”

- Nombre y dirección del destinatario: nombre y dos apellidos del recibidor, junto con la dirección completa del mismo.

CIA. MFRA. DE CALZADO EMYCO SA DE CV

Monte EWLbruz, 124, 1º.

Col. Palmitas Palanco Chapultepec

11560, MEXICO DF

- Agente del transportista emisor, nombre y ciudad: nombre de la oficina de la línea aérea transportista, así como la ciudad y teléfono.

AIR NEX GROUP, S.L.

Ofic. Nº5 AEROPUERTO DE PAMPLONA

E-31110, NOAIN/NAVARRA “ESPAÑA”

- Código IATA del agente: es el número codificado del agente IATA de carga aérea.

78-9 5018/2010

- Aeropuerto de salida y ruta solicitada: se indica la dirección del primer transportista y la ruta correspondiente.

PAMPLONA

- A: corresponde alas iniciales del primer aeropuerto de destino.

MAD (Madrid)

- Primer transportista: se indican las iniciales del transportista.

IB

- Por: iniciales del segundo transportista.

IB

- A: es el iniciales del aeropuerto de destino final.

MEX (México)

- Aeropuerto de destino: aeropuerto de llegada al destino del cliente.

MEXICO DF (MEX)

- Datos e instrucciones para manipulación: datos de interés.

NOTIFICAR: CIA.MFRA DE CALZADO EMYCO S.A. DE C.V.

BBlvfd.Adolfo López Mateos # 3427 OTE.

37290 LEON GRO (MEXICO)

- Moneda: representa el tipo de moneda con el que se procederá al pago.

ESP

- Peso valor: se debe indicar si es pagado o a deber.

Señalado en la casilla a deber.

- Otros: si procede indicar otro tipo de pago.

- Valor declarado para transporte: indica el valor si se declara o no.

NVC, si seria declarado seria NVD.

- Valor asegurado: indica si se asegura el valor o no.

NVC, Valor asegurado.

- Nº de bultos: indica el numero de bultos que van a viajar.

7

- Peso bruto: indica el peso bruto de todos los bultos.

224K

- Clase tarifa y Nº tarifa especifica: indica el tipo de tarifa.

C-9715

- Peso a cobrar: indica si todo el peso anterior va a ser cobrado o no.

224

- Tarifa: es la tarifa que corresponde en proporción al peso que lleva.

444

- Total: es el resultado de multiplicar el peso a cobrar con la tarifa.

99.456

- Naturaleza y cantidad de la mercancía: corresponde a la naturaleza de la mercancía, así como la cantidad y dimensiones de los bultos.

MOLDES PARA SUELAS DE CALZADOS

MEDIDAS/CAJAS 40X26X18 CM

- Otros cargos: cargos que el cliente debe pagare al agente por diferentes conceptos.

10.000

- Firma del expedidor o de su agente: debe contener las firmas y el sello correspondiente.

- Formalizado, fecha, año, lugar, y firma del transportista emisor o de su agente.

17-FEBRERO-1999 Noain Aereopuerto “PNA” JL.


9- ILUSTRACIONES.









1 comentario:

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